Órganos de gobierno, competencias y funciones

En cumplimiento con lo dispuesto en:

  • Artículo 6.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Artículos 25.1a) y 25.2a) de la Ley 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la actividad pública
  • Indicador nº 10 de los índices de transparencia propuestos por Transparencia Internacional para Ayuntamientos (2017)

En este apartado se pueden consultar las competencias y funciones de los Órganos de Gobierno que componen el Ayuntamiento, tal como se establece en su normativa de aplicación, especialmente:

  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local
  • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
  • Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera
  • Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local.

Las competencias y funciones de los Órganos de Gobierno que componen el Ayuntamiento son los que se enumeran a continuación:

ALCALDE

Es el órgano unipersonal que preside la Corporación, ostenta la máxima representación del Ayuntamiento y dirige la Administración Municipal. De entre sus funciones destaca:

  • Convocar y presidir las sesiones del Pleno, de la Junta de Gobierno Local, de cualesquiera otros órganos municipales cuando así se establezca en disposición legal o reglamentaria, así como decidir los empates con voto de calidad
  • Dictar bandos, decretos e instrucciones
  • Nombrar y cesar a los Tenientes de Alcalde y a los Presidentes de los Distritos
  • El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado

Alcalde del Ayuntamiento de Ruente: D. Jaime Díaz Villegas (PRC)

TENIENTES DE ALCALDE

Son concejales nombrados por el Alcalde y es a ellos a los que les corresponde sustituirlo por orden de su nombramiento, en casos de ausencia, enfermedad e impedimento que imposibiliten al alcalde para el ejercicio de sus funciones.

  • Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Ruente: D. José Díaz Cos

PLENO

Es el órgano de máxima representación política de los ciudadanos en el Gobierno Local. Los plenos se celebran en el Ayuntamiento y es el instrumento empleado para la toma de decisiones de índole municipal. Está integrado por los Concejales y presidido por el Alcalde. Allí se debaten y aprueban decisiones de interés general del municipio. Los plenos pueden ser ordinarios o extraordinarios.

Puede consultar el Pleno del Ayuntamiento de Ruente accediendo aquí.

JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

La Junta de Gobierno Local: existe en todos los municipios con población superior a 5.000 habitantes y en los de menos, cuando así lo disponga su reglamento orgánico o así lo acuerde el Pleno de su Ayuntamiento. La Junta de Gobierno Local se integra por el Alcalde y un número de concejales no superior al tercio del número legal de los mismos.

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ruente se compone por:

  • D. Jaime Díaz Villegas (Presidente) 
  • Dña. Raquel Cayón Campuzano
  • D. José Díaz Cos
  • D. Fermín Gómez Cobo

​Resolución de revocación de delegaciones de la Alcaldía en la Junta de Gobierno Local (Consultar información)

DELEGACIONES ESPECIALES

Son los niveles esenciales de la organización municipal con funciones de coordinación de las distintas Direcciones Generales u órganos similares integradas en la misma área de gobierno, y de la gestión de los servicios comunes de éstas u otras funciones análogas y las Direcciones Generales u órganos similares que culminen la organización administrativa, sin perjuicio de las atribuciones del Alcalde para determinar el número de cada uno de tales órganos y establecer niveles complementarios inferiores.

El Alcalde de Ruente efectúa delegaciones especiales de las atribuciones de Alcalde para el cometido de toma de conocimiento de las necesidades y propuestas de iniciativas de las actuaciones del gobierno y de la administración, sin incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos, en los siguientes concejales: Raquel Cayón Campuzano, en el barrio de Gismana del pueblo de Ruente; José Díaz Cos en los pueblos de Barcenillas y Lamiña; Fermín Gómez Cobo, en el pueblo de Ucierda; y José Antonio Gutiérrez Alonso, en los barrios de Ruente y Monasterio del pueblo de Ruente.

COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS

La Comisión Especial de Cuentas existe en todos los municipios. Está constituida por miembros de los distintos grupos políticos integrantes de la corporación. A ella se someten a informe las cuentas anuales de la entidad local antes del 1 de junio de cada año y, son objeto de información pública antes de someterse a la aprobación del Pleno, a fin de que puedan formularse contra las mismas reclamaciones, reparos u observaciones. Todo ello sin perjuicio de que pueda denunciarse ante el Tribunal de Cuentas la existencia de irregularidades en la gestión económica y en las cuentas aprobadas.

La composición de la Comisión Especial de Cuentas del Ayuntamiento de Ruente la puede consultar accediendo desde aquí.

Última actualización el viernes, 28 de abril de 2023 a 9:44